Juntos, como lo hicieron los hijos de Judá: (Génesis xxxviii.8,) aunque la costumbre (Calmet) y la analogía extienden esto a otros hermanos, al menos a aquellos que viven en la tierra prometida, y tienen la herencia en común, como aparece de la historia de Rut, Rut i. 13, etc. Noemí supone que todos los hijos que pudiera haber tenido, tendrían la misma obligación hacia su nuera. Los rabinos restringen esta ley tanto como pueden, afirmando que si el difunto deja un hijo adoptivo o natural, el hermano no necesita casarse con su viuda, ni está obligado a hacerlo, salvo el siguiente en edad, y no casado.

San Justino (q. 132) enseña lo contrario. (Calmet) --- Se incluyeron medio hermanos, (Menochius) y de hecho todos los parientes, en orden, que, ante la negativa del próximo heredero, deseaban tomar posesión de la tierra del difunto, Rut iv. (Haydock) --- Los judíos ya no observan esta ley, ya que no tienen posesión de Chanaan. (Cuneus i. 7.) --- Fagio afirma que fue descuidado después del cautiverio de Babilonia, porque las herencias fueron confundidas.

(Calmet) --- Esta, sin embargo, no parece haber sido la opinión de quienes se han comprometido a reconciliar la genealogía de nuestro Salvador, dada por los Santos. Mateo y Lucas, suponiendo que San José era hijo de Jacob por nacimiento y de Helí según la ley. (San Hilario) Africanus dice (Ep. A Arístides) que "Heli muriendo sin descendencia, Jacob se vio obligado a casarse con su viuda, por quien tuvo a José, un descendiente de Salomón por Jacob, y de Natán por Heli," como su Esta, madre común, se había casado sucesivamente con Mathan y Melchi, (o más bien Mathat) que surgieron de esas dos ramas de la familia de David.

(Dupin) (Haydock) --- Los atenienses siguieron una regulación similar con respecto a las jóvenes huérfanas, a quienes los parientes más cercanos estaban obligados a casarse y donar. Los tártaros afirman su derecho a casarse con las viudas de sus hermanos. Los egipcios no consideraban el matrimonio como real, ni ninguna relación contraída, en caso de que la mujer no tuviera ningún problema, sobre cuyo principio no había impedimento para evitar que el hermano se casara con la viuda de su hermano. En otras ocasiones dichos contratos fueron declarados ilegales, Levítico xviii. 16. (Calmet) --- Esta era una ley positiva, (Worthington; Génesis xxxviii.) Que admitía una excepción.

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