Pero si su marido la desaprueba, si veta la promesa que ella trajo consigo al matrimonio, el día que la oye, entonces hará el voto que ella hizo, y el que ella pronunció con sus labios, con el cual ella ató su alma, sin efecto; y el Señor la perdonará. En este caso, la jurisdicción del marido era igual a la del padre antes del matrimonio de la mujer.

Continúa después de la publicidad
Continúa después de la publicidad