Yo también y mis hermanos en funciones; que están empleados conmigo en el gobierno de este pueblo; y mis siervos en mi nombre y para mi uso; podría exigirles dinero y trigo como justa recompensa por nuestros dolores y cuidado del bien público, al que nos dedicamos enteramente, incluso al descuido de todos nuestros intereses privados. Pero yo remito libremente mi propio derecho, y por lo tanto tú también debes remitir el tuyo, ya que no pongo sobre ti ninguna carga que no sea lo que estoy dispuesto a llevar sobre mis propios hombros.

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