Y el sacerdote lo mirará. - Si al cabo de una semana no hay alteración de los síntomas, el caso debe aplazarse por otros siete días. El mismo sacerdote que lo inspeccionó al principio debe volver a examinarlo, ya que otro no podría decir si se ha extendido o no. Si el sacerdote moría en el ínterin o se enfermaba, otro sacerdote podía examinar al paciente, pero no podía declararlo impuro. Si el séptimo día era sábado o día festivo, el caso debía posponerse para el día siguiente.

Si la plaga en su vista se detiene. - Mejor, si la mancha plagada permanece igual en su color, es decir, si la mancha sospechosa que provocó el cierre del individuo no hubiera alterado su tez. La expresión aquí traducida como “vista” es la misma que con razón se traduce por “color” en la Versión Autorizada en Levítico 13:55 de este mismo capítulo.

(Comp. También Números 11:7 ) Se verá así que aunque la mancha afectada no se había extendido, aún conservaba su cutis insano y sospechoso.

Continúa después de la publicidad
Continúa después de la publicidad