Décima parte de la renta de una persona; se dedica a usos sagrados.

Varias naciones de la Antigüedad lo practicaban, y era conocido por los patriarcas del Antiguo Testamento (Gn. 14:28; 28:10-22).

La ley mosaica lo establecía sobre los frutos de la tierra y el ganado (Lv. 27:30-33; Nm. 18:27).

Era entregado en su totalidad a los levitas, para el sostén de ellos y el culto (Nm. 18:21-32; Dt. 12:17-19, 22, 29; 14:22). Esta práctica decaía a veces, mereciendo amonestaciones (2 Cr. 31:4-12; Mal. 3:7-11), que solían ser oídas y obedecidas (2 Cr. 31:11).

El pago de diezmos continuaba en tiempo de Cristo (Lc. 11:42; 18:12; He. 7:5), pero no fue prescrito a los cristianos ni por Cristo ni por los apóstoles.

Bajo la economía de la gracia se espera de todo creyente que aporte con corazón bien dispuesto «como propuso en su corazón: no con tristeza, ni por necesidad, porque Dios ama al dador alegre» (2 Co. 9:7). El creyente es exhortado a dar no por una norma impuesta, sino presentándole el ejemplo de gracia del mismo Señor Jesucristo, «que por amor a vosotros se hizo pobre, siendo rico» (2 Co. 8:9).

No es el diezmo del cristiano lo que corresponde al Señor, sino todo su ser, puesto que ha sido comprado «por precio» (1 Co. 6:20; 7:23), y debe así venir a ser eficaz administrador de todo lo que el Señor ha puesto en sus manos para la gloria de Dios.


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