Y cuando el que huye a una de esas ciudades se para a la entrada de la puerta de la ciudad, cuando ruega que le permitan entrar a la seguridad de sus recintos sagrados, y declara su causa a oídos de los ancianos de esa ciudad, lo llevarán a la ciudad con ellos, y se hará la audiencia preliminar a la puerta para salvaguardar sus intereses y darle un lugar donde pueda habitar entre ellos.

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