se parará a la entrada de la puerta de la ciudad, no fuera de la puerta de la ciudad, sino en el foro o lugar público del juicio. compensación Rut 4:1-2 .

en los oídos de los ancianos de esa ciudad Antes de que el fugitivo pudiera acogerse al amparo concedido por las leyes, debía someterse a un juicio solemne, y hacerlo parecer a satisfacción de los magistrados del lugar ("los hijos de la ciudad", Wyclif), donde se cometió el homicidio, que fue puramente accidental.

y darle un lugar . Si lograba hacerlo, los ancianos debían "darle un lugar", es decir, recibirlo bajo la protección de la ciudad y permitirle residir allí.

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