3. Debe hacer una restitución total. Estas palabras, como he dicho, están conectadas con el primer verso, ya que aquí solo se impone la ejecución del castigo; como si Dios prohibiera que los ladrones se salvaran, pero que pagaran doble o cuádruple, o incluso quíntuple, según la medida de su crimen. Pero, si no podían pagar, les ordena que sean vendidos como esclavos, lo cual también era costumbre en Roma. De ahí el dicho de Cato, (136) "que los ladrones privados vivían en lazos y grillos, pero los públicos en oro y morado". Y dado que esta condición era severa, se advierte expresamente que no debían ser absueltos por su pobreza. Si alguien pregunta si fue lícito que el propietario de la cosa robada recupere el doble o el cuádruple de su valor, respondo que lo que Dios otorga, un hombre tiene los mejores derechos; mientras tanto, en equidad los hombres debían cuidar que no se enriquecieran a expensas de los demás, sino que debían aplicar lo que ganaran a usos santos y piadosos.

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