Expiación de homicidio no detectado. Matrimonio de mujeres cautivas. Castigo de un hijo rebelde

Aquí comienza la última subsección del Segundo Discurso, que contiene una variedad de regulaciones sociales y domésticas.

1-9. La expiación del homicidio no detectado. Los casos de homicidio intencional, abierto y accidental ya están previstos en el Deuteronomio 19 . Este pasaje trata el caso de homicidio no detectado. El asesinato contamina la tierra y debe ser expiado. Cuando no se puede descubrir al asesino, la responsabilidad de hacer la expiación recae en la ciudad más cercana al lugar del crimen. Para la antigua práctica babilónica en tales circunstancias, ver art. 'Leyes de Hammurabi'.

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