Ignorancia. Ignorar lo que estamos obligados a saber es pecado: y para tal ignorancia culpable, estos sacrificios, prescritos en este capítulo y en el siguiente, fueron designados. (Challoner) --- No debe hacerse. De ahí que los rabinos admitan pecados de ignorancia, solo contra los preceptos negativos. Pero cuando Dios prohíbe una cosa, manda lo contrario; y podemos pecar por ignorancia contra cualquiera de sus ordenanzas.

Si la ignorancia es voluntaria, potencia el crimen; y Aristóteles observa bien que los borrachos que hacen daño deben ser doblemente castigados, porque su culpa es voluntaria en su causa (ad Nicom. iii. 7). Pero si la ignorancia era perfectamente involuntaria e inculpable, no se requería ningún sacrificio; de modo que Dios aquí sólo habla de esa clase de ignorancia que implicaba algún grado de negligencia. Esta falta no podría perdonarse sin buenas disposiciones interiores.

El sacrificio sólo alcanzaba la limpieza de la carne (Hebreos ix. 13) o para proteger al culpable de la severidad de la ley y de los magistrados; (Calmet) aunque podrían ayudar a las disposiciones internas del corazón, y así contribuir a obtener el perdón de Dios. (Orígenes; San Agustín, q. 20) La diferencia entre peccatum y delictum, no está perfectamente determinada. Algunos piensan que la primera palabra denota pecados de malicia y la segunda, los de ignorancia. Tirinus sostiene lo contrario, ya que se requiere un sacrificio más costoso, dice, para este último. (Haydock)

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