Gordo. Se refiere a la grasa, que por prescripción de la ley debía ser ofrecida en el altar de Dios, no a la grasa de la carne, como la que comúnmente comemos. (Challoner) --- Esta distinción está suficientemente insinuada; (cap. vii. 25,) de donde también aparece que la grasa, aquí prohibida, es sólo lo que, en todos los sacrificios, pertenece al Señor, ver. 9, 10. Se podía comer la grasa que estaba mezclada con la carne, e incluso el resto si no se sacrificaba el animal.

Dios prohibió repetidamente el uso de sangre, cap. xvii. 13. Sin embargo, los judíos también se abstienen de la grasa de todos los bueyes, ovejas y cabras; (Josefo, [¿Antigüedades?] Iii. 10,) y algunos, adhiriéndose a las palabras de este texto, prohíben el uso de grasa indiscriminadamente. (Calmet) --- Cornelius a Lapide lo condena, si el animal pudiera ser ofrecido en sacrificio, aunque fuera sacrificado en casa.

Continúa después de la publicidad
Continúa después de la publicidad