Respetar a las personas - Heb. No conocer, ni reconocer caras, es decir, no dar sentencia según las cualidades externas de la persona, ya sea pobre o rica, su amiga o enemiga, sino puramente según el mérito de la causa. Por esa razón, algunos legisladores griegos ordenaron que los jueces dictaran sentencia en la oscuridad donde no pudieran ver los rostros de los hombres. El juicio es de Dios: es dictado en el nombre de Dios, y por comisión de él, por usted como representante de su persona y haciendo su obra; quien por tanto te defenderá en ella contra todos tus enemigos, en medio de los cuales debes dar cuenta exacta.

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