Génesis 18:18, 19. Por estos versículos es manifiesto:

(1.) Que las promesas absolutas ya hechas pueden, en cierto modo, depender de las condiciones futuras; porque la promesa aquí mencionada ya había sido hecha absolutamente una y otra vez. Pero, sin embargo, el futuro de Abraham mandando a sus hijos ya su casa después de él, se menciona como la condición de ello; y luego después de eso [ahí] queda otra condición, a saber. , que guarden el camino del Señor para hacer justicia y juicio.

(2.) Que la promesa se hace absolutamente antes del cumplimiento de todas las condiciones, porque el cumplimiento de las condiciones futuras está tan ciertamente conectado con lo que ya se encontró en Abraham, que ciertamente fue consecuente, y tomado como ya cumplido. Esto puede ilustrar la dependencia de la salvación de un pecador en su futura obediencia universal y perseverancia, aunque ya esté absolutamente prometido.

(3.) Por la presente se manifiesta que, normalmente, un cuidado y un esfuerzo minuciosos en la educación de los niños tendrán éxito.

(4.) Que cuando Dios admite a los hijos en el pacto con sus padres, y así los admite como sujetos del sello visible del Pacto, es, por así decirlo, en dependencia de la futura religión y piedad de los hijos. , tan ordinariamente consecuente con él que puede considerarse virtualmente incluido en él.

Capítulo s 19-27

Génesis 19:1

Continúa después de la publicidad
Continúa después de la publicidad