Aceptar a la persona, etc.— Esta frase tiene principalmente, si no siempre, un significado judicial. Ver Levítico 19:15 . Deuteronomio 1:17 ; Deuteronomio 16:19 .

La propiedad de la expresión aparecerá cuando descubramos que se aplica a calificaciones que no tienen relación con la causa; es decir, riquezas, amistades o conexiones familiares. Estos son visibles como el rostro de un hombre a otro: pero los méritos de la causa no son evidentes hasta que se investigan. Véase Grotius y Foster's Sermons, vol. 3: pág. 12.

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