Seis días trabajarás. - La forma es ciertamente imperativa; y se ha sostenido que el cuarto mandamiento “no se limita a una mera promulgación respecto de un día, sino que prescribe la debida distribución de una semana y hace cumplir el trabajo de los seis días tanto como el descanso del séptimo día ” (Garden in Smith's Dictionary of the Bible, vol. iii., p. 1068). Pero el trabajo en los seis días se asume más bien como lo que será que lo requerido como lo que debe ser; y la intención de la cláusula es prohibitiva más que obligatoria: "no trabajarás más de seis días de los siete".

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