CAPÍTULO XX

La ley relativa a los votos de los hombres, 1, 2.

De las mujeres menores de edad, y en qué casos el padre puede 

anularlos, 3-5.

Los votos de la mujer, y en qué casos el marido puede anularlos, 6-8.

Los votos de la viuda o de la divorciada, en qué casos pueden

ser considerados como confirmados o anulados, 9-15.

Recapitulación de estas ordenanzas, 16.

NOTAS SOBRE EL CAP. XXX

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