Si un hombre peca contra su prójimo, y se le impone un juramento para hacerle jurar, y el juramento llega ante tu altar en esta casa;

Si ... y el juramento viene ante tu altar en esta casa, ... En los casos en los que no se podía obtener el testimonio de los testigos, y no había otra forma de resolver una diferencia o disputa entre dos personas que aceptando el juramento del acusado, se había introducido gradualmente la práctica, y había adquirido la fuerza del derecho consuetudinario, de llevar a la parte ante el altar, donde se prestaba su juramento con la debida solemnidad, junto con la imprecación de una maldición que caería sobre él si su desmentido resultaba falso. En este pasaje se alude a esta práctica.

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