Hijo. Los rabinos no consideran que los niños estén sujetos a la ley hasta que tengan 13 años. Sus faltas, antes de esa edad, se imputan al padre, y él debe ser castigado por ellas. Por tanto, cuando un hijo ha cumplido los años competentes, el padre lo certifica en presencia de diez judíos, declarando que ha instruido a su hijo en los mandamientos, las costumbres de la nación y las oraciones diarias; y que ahora lo deja en libertad para responder, en el futuro, por sus propias faltas, orando para que Dios lo capacite para llevar una vida virtuosa. (Calmet)

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