Ofende contra ti. San Juan Crisóstomo, San Agustín y San Jerónimo entienden por este versículo que la persona herida debe ir a amonestar a su hermano. Los demás entienden contra ti, que quiere decir en su presencia, o según tu conocimiento, porque la corrección fraterna es un deber, no solo cuando nuestro hermano nos ofende, sino también cuando ofende al prójimo, y mucho más cuando ofende a Dios.

Además, es un deber no exclusivo de los heridos, sino común a todos. Cuando la infracción no es personal, nuestro consejo estará menos interesado. Este precepto, aunque positivo, sólo es obligatorio, cuando es probable que beneficie a tu hermano, ya que la caridad es el único motivo para observarlo. Por lo tanto, no solo puede, sino que debe omitirse, cuando es probable que se produzca el efecto contrario, ya sea debido a la perversidad del pecador o a las circunstancias del amonestador. (Jansenius)

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