Bienaventurado el hombre a quien el Señor no imputa iniquidad, no considera que haya cometido la transgresión, aunque el pecado en toda forma y manifestación no puede ser revertido, y en cuyo espíritu no hay engaño, ni engaño ni falta de sinceridad, que trate de encubrir la maldad, para disculpar la transgresión. El perdón de los pecados significa que el pecado ha perdido su carácter de deuda y la culpa aún recae sobre el hombre por el hecho de que fue imputado a otro, al Redentor.

Esta remisión de los pecados se llama aquí con razón una bendición, porque es el mayor regalo de Dios para el hombre pecador. Al mismo tiempo, debe notarse que una confesión plena y libre del pecado no merece el perdón, pero es una condición para la remisión en el sentido de que la negación de la culpa excluye a una persona de la justificación por parte de Dios.

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