( 16, 17 ). De un esclavo fugitivo. Si tal escape a ti aparentemente Israel como un todo (cp. Deuteronomio 5:16 ), y por lo tanto el esclavo, aunque no necesariamente un esclavo hebreo 1 [145] (Marti), es uno que se ha escapado de un amo extranjero, no lo harás. devuélvelo, habitará contigo donde quiera y sin opresión.

Es peculiar para D. Que los esclavos a veces huyeran al extranjero se ve en la huida de Simei a Aquis de Gat, quien los devolvió, aparentemente como algo natural ( 1 Reyes 2:39 ). Si esta era la práctica habitual, la ley de D marca un avance humano sobre ella. Para los esclavos que huyen de los dueños nativos no existen leyes hebreas. Sobre la esclavitud ver más adelante Deuteronomio 15:12 ss.

[145] Si esto hubiera sido así, se habría declarado como en Deuteronomio 15:12 .

Ḫammurabi decreta que quien induzca a un esclavo a huir o albergue al fugitivo morirá (§§ 15 f., 19) y que los fugitivos serán restaurados (§§ 18, 20), siendo la recompensa por cada uno dos siclos de plata (§ 17 ). Los esclavos de los árabes rara vez se escapan. Si uno es tratado con dureza y escapa, es protegido por otro hombre de la tribu hasta que su dueño prometa tratarlo mejor (Musil, Ethn. Ber. 225).

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