Versículo 41. Cierto acreedor... Es evidente que en esta parábola nuestro Señor se refiere, por el acreedor, a DIOS, y, por los dos deudores, a Simón y a la mujer que estaba presente. Simón, que tenía la luz de la ley y que, como consecuencia de su profesión de fariseo, estaba obligado a abstenerse de la iniquidad exterior, podría ser considerado como el deudor que sólo debía cincuenta peniques o denarios. La mujer, a la que he supuesto como pagana, al no tener estas ventajas, al no tener ninguna regla para regular sus acciones, ni ningún freno a sus malas propensiones, puede ser considerada como el deudor que debía quinientos peniques, o denarios. Y si se comparan ambos, la deuda de Simón con Dios podría considerarse, en referencia a la de ella, como de cincuenta a quinientos. Sin embargo, encontramos que, a pesar de esta gran disparidad, ambos eran insolventes. Simón, el fariseo religioso, no podía pagar más sus cincuenta a Dios que esta pobre pagana sus quinientos, y, si ambos no son perdonados libremente por la misericordia divina, ambos deben perecer finalmente. No teniendo nada que pagar, les perdonó amablemente a ambos. Algunos piensan que este mismo Simón no era un deudor insignificante de nuestro Señor, por haber sido limpiado misericordiosamente de una lepra; pues se supone que es el mismo Simón el leproso. Mateo 26:6 Mateo 26:6.

Continúa después de la publicidad
Continúa después de la publicidad