y si [un hombre] santifica a The Señor un campo que ha comprado ,. Con su propio dinero, de alguna persona en la pobreza y la angustia, que estaba obligada a venderla, y que, según una ley anterior, regresó al propietario original en el año de Jubileo:

que [es] no de los campos de su posesión ; que no tiene por herencia de sus padres. Jarchi observa, hay una diferencia entre un campo comprado, y un campo poseído; Para que un campo comprado no se divide en los sacerdotes del año de Jubileo, porque un hombre no puede santificarlo, sino hasta el año de Jubileo; Porque en el año de Jubileo, saldría de sus manos, y regresaría al propietario; Por lo tanto, si él viene a canjearlo, debe redimirlo con el precio fijado por el campo de posesión: los médicos judíos se dividen sobre un campo comprado de un padre por un hijo, ya sea un campo de compra o de posesión.

f misn. ERRACIN, C. 7. secta. 5.

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