una cuestión de depósito si ha tomado algo que se le entregó para que lo guarde. En la antigüedad, cuando no había bancos ni lugares seguros donde un hombre pudiera depositar su propiedad privada, estaba obligado a ocultar cualquier cosa de valor que poseyera; a veces se lo confiaba a un amigo para su custodia. Cp. Sir 42:7 con nota ( CB ).

o de ganga encendida . algo puesto en la mano, prenda R.V. mg. La diferencia entre esto y lo anterior es leve, y esta última expresión se omite en la recapitulación de Levítico 6:4 . La traducción de AV, compañerismo , cuenta con el apoyo de LXX. y Syr., y significa sociedad en cualquier transacción acordada poniendo la mano en la de otro.

Los dos delitos siguientes son ataques directos a los bienes del prójimo.

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