C. VOTOS DE CASAS Y CAMPOS 27:14-25
TEXTO 27:14-25

14

Y cuando alguno santificare su casa en consagración a Jehová, la apreciará el sacerdote, sea buena o sea mala; según la estimare el sacerdote, así quedará.

15

Y si el que la santificó redimiere su casa, añadirá a ella la quinta parte del dinero de tu estimación, y será suya.

dieciséis

Y si alguno santificare á Jehová parte de la tierra de su posesión, tu estimación será conforme á la sembrada: la sembrada de un homer de cebada será valuada en cincuenta siclos de plata.

17

Si santifica su campo desde el año del jubileo, conforme a tu estimación permanecerá.

18

Pero si santificare su campo después del jubileo, entonces el sacerdote le contará el dinero conforme a los años que resten hasta el año del jubileo; y se hará una rebaja de tu estimación.

19

Y si el que santificó el campo en verdad lo redimiere, entonces añadirá a él la quinta parte del dinero de tu estimación, y le será asegurado.

20

Y si no redimiere la tierra, o si la hubiere vendido a otro hombre, no se redimirá más:

21

mas la tierra, cuando saliere en el jubileo, será santa á Jehová, como tierra consagrada; su posesión será del sacerdote.

22

Y si santificare a Jehová la tierra que ha comprado, que no es de la tierra de su posesión;

23

entonces el sacerdote le contará el valor de tu estimación hasta el año del jubileo, y hará tu estimación en aquel día, como cosa santa a Jehová.

24

En el año del jubileo la tierra volverá a aquel de quien fue comprada, a quien pertenece la posesión de la tierra.

25

Y todas tus estimaciones serán conforme al siclo del santuario: veinte geras el siclo.

PREGUNTAS PARA REFLEXIONAR 27:14-25

681.

¿Qué significa el uso de los términos bueno o malo como en Levítico 27:14 ? ¿Por qué no hay derecho de apelación?

682.

¿No suena un poco ridículo volver a comprar tu propia casa? Conversar.

683.

Por favor, explique con sus propias palabras lo que se quiere decir en Levítico 27:16 .

684.

¿Cómo se relaciona el año del jubileo con la dedicación por voto de un campo?

685.

¿Cómo se puede devolver el campo al propietario?

686.

¿ Levítico 27:23 que el precio del campo debía pagarse en el momento del voto? Conversar.

687.

¿Bajo qué condiciones el campo pertenecía permanentemente al sacerdote? ¿Por qué razón?

688.

¿Cuál es el punto de mencionar el siclo del santuario en Levítico 27:25 ?

PARAFRASE 27:14-25

Si alguien dona su casa al Señor y luego quiere redimirla, el sacerdote decidirá su valor y el hombre pagará esa cantidad más el veinte por ciento, y la casa volverá a ser suya. Si un hombre dedica cualquier parte de su campo al Señor, valórelo en proporción a su tamaño, según lo indique la cantidad de semilla necesaria para sembrarlo. Una sección de tierra que requiere diez fanegas de semilla de cebada para la siembra se valora en veinticinco dólares.

Si un hombre dedica su campo en el año del jubileo, entonces todo el cálculo se mantendrá; pero si es posterior al Año del Jubileo, entonces el valor será en proporción al número de años que falten hasta el próximo Año del Jubileo. Si el hombre decide redimir el campo, pagará el veinte por ciento además de la valoración del sacerdote, y el campo volverá a ser suyo. Pero si decide no redimir el campo, o si ha vendido el campo a otra persona (y le ha dado al Señor sus derechos sobre él en el año del jubileo), no se le devolverá más.

Cuando sea libre en el año del jubileo, será del Señor como un campo consagrado a él, y será dado a los sacerdotes. Si un hombre dedica al Señor un campo que ha comprado, pero que no es parte de la posesión de su familia, el sacerdote estimará el valor hasta el año del jubileo, e inmediatamente dará ese valor estimado al Señor, y en el Año del Jubileo el campo volverá al dueño original de quien fue comprado. Todas las valoraciones se expresarán en moneda corriente.

COMENTARIO 27:14-25

Levítico 27:14-25 Continuamos la discusión de SH Kellogg: La ley en cuanto a la consagración de la casa de un hombre al Señor por medio de un voto ( Levítico 27:14-15 ) es muy simple. El sacerdote debe estimar su valor, sin derecho de apelación.

Aparentemente, el hombre podría vivir todavía en ella, si así lo deseara, pero sólo como quien vive en una casa que pertenece a otro; presumiblemente, se debía pagar un alquiler, sobre la base de la estimación del valor del sacerdote, en el tesoro del santuario. Si el hombre deseaba volver a redimirla, entonces, como en el caso de la bestia que se prometió, debe pagar en el tesoro el valor estimado de la casa, con la adición de un quinto.

En el caso de la santificación o dedicación de un campo por un voto especial, pueden darse dos casos, que se tratan sucesivamente. El primer caso ( Levítico 27:16-21 ) fue la dedicación al Señor de un campo que pertenecía al israelita por herencia; la segunda ( Levítico 27:22-24 ), la de uno que le había venido por compra.

En el primer caso, el sacerdote debía fijar el precio del campo sobre la base de cincuenta siclos por la tierra que se sembrara con un homero, alrededor de ocho fanegas de cebada. En caso de que la dedicación surtiera efecto a partir del año del jubileo, este precio total debía pagarse en la tesorería del Señor para el campo; pero si era de un año posterior en el ciclo, entonces la tarifa debía disminuir en proporción al número de años del período de jubileo que ya podría haber pasado en la fecha del voto.

Por cuanto tratándose de un terreno que había sido comprado, se ordenó que el precio del avalúo se pagara al sacerdote en aquel día ( Levítico 27:23 ) en que se hizo el avalúo, parecería como si , en el presente caso, al hombre se le permitió pagarlo anualmente, un siclo por cada año del período de jubileo, o a plazos de otro modo, como él quisiera, como un reconocimiento periódico del derecho especial del Señor sobre ese campo, en consecuencia de su voto.

La redención del campo de la obligación del voto estaba permitida bajo la condición de que se añadiera el quinto a la estimación del sacerdote, por ejemplo , con el pago de sesenta en lugar de cincuenta siclos ( Levítico 27:19 ).

Sin embargo, si sin haber redimido así el campo, el hombre que hizo el voto lo vendiera a otro hombre, se ordena que el campo, que de otro modo le revertiría de nuevo en pleno derecho de usufructo cuando llegara el año del jubileo, debe ser perdido; de modo que cuando llegó el jubileo, el derecho exclusivo del campo pertenecería en adelante al sacerdote, como en el caso de un campo dedicado por la proscripción.

La intención de este reglamento es evidentemente penal; porque el campo, durante el tiempo que abarca el voto, era en un sentido especial del Señor; y el hombre tenía el uso de él para sí mismo sólo con la condición de un cierto pago anual; venderla, pues, durante ese tiempo, era en realidad, desde el punto de vista legal, vender una propiedad, derecho absoluto al que por su voto había renunciado en favor del Señor.

El caso de la dedicación en voto de un terreno perteneciente a un hombre, no como herencia paterna, sino por compra ( Levítico 27:22-24 ), sólo se diferenciaba de aquél en que, como ya se dijo, pago inmediato en su totalidad. de la suma en que se estimó se hizo obligatoria; cuando llegaba el año del jubileo, el campo volvía a su dueño original, según la ley ( Levítico 25:28 ).

La razón por la que se insiste así en el pago total inmediato, tratándose de la dedicación de un campo adquirido por compra, es clara, cuando nos referimos a la ley ( Levítico 25:25 ), según la cual el dueño original tenía derecho de redención. garantizado a él en cualquier momento antes del jubileo. Si, en el caso de tal campo dedicado, cualquier parte de la cantidad adeudada al santuario aún no se hubiera pagado, obviamente esto, como un gravamen sobre la tierra, se interpondría en el camino de tal redención. Por lo tanto, la regulación del pago inmediato tiene por objeto proteger el derecho del propietario original a redimir el campo.

Levítico 27:25 establece el principio general de que en todas estas estimaciones y conmutaciones el siclo debe ser el siclo del santuario, veinte geras el siclo; palabras que no deben entenderse como señalando la existencia de dos siclos distintos como corriente , sino simplemente en el sentido de que el siclo debe ser de peso completo, como solo podría pasar corriente en las transacciones con el santuario.

PREGUNTAS DE HECHO 27:14-25

676.

Debe haber muy buenas razones para jurar la casa y vivir en ella como inquilino. ¿Podrías plantear alguna circunstancia de este tipo?

677.

El propietario realmente nunca perdería la casa de forma permanente, sino solo hasta el Jubileo. ¿Qué ventaja era esta?

678.

Hay dos casos a considerar en la santificación de la tierra. ¿Que eran?

679.

¿Debemos entender que un hombre viviría en su propia granja y entregaría todas las ganancias a los sacerdotes? Si no, ¿qué está involucrado?

680.

¿Cómo se fijó el precio de la tierra?

681.

¿Qué pasaría si el campo fuera vendido a otro durante el tiempo que pertenecía al sacerdote? es decir , vendido antes de ser canjeado?

682.

Explique Levítico 27:25 .

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