y debes traerte ante gobernadores ,. Es decir, gobernadores romanos; Así que Pablo fue antes de Gallio, Felix y Festas; Para los juicios relacionados con la vida y la muerte, fueron quitados, y fueron quitados del Sanedrín judío; y como ellos mismos dicen F, cuarenta años antes de la destrucción del segundo templo, que fue muy sobre el momento de la muerte de Cristo: para que lo que tenían el poder, era solo con respecto a los asuntos menores, y para infligir menor castigo, como paliza. y floping: si buscaban quitar la vida, se vieron obligados a traer la causa ante los gobernadores de las provincias romanas, que están aquí destinadas:

y reyes para mi bien ; Como Herodes, Agripa, Nero, Domiciano, y otros, ante los cuales se trajeron uno u otro de los apóstoles; no como ladrones, o asesinos, o traidores, y personas sediciosas, o por haber hecho mal o lesiones a la persona o propiedad de cualquier hombre; Pero puramente por el bien de Cristo, por la profesión de su fe en él, y por predicar su evangelio; de todos los que no tenían ninguna razón para avergonzarse, ni ellos fueron:

para un testimonio frente a , o "a".

ellos, y los gentiles ; Es decir, que, por lo tanto, pueden tener la oportunidad de tener un testimonio de las verdades de la Evangelio, que sería a la condena y la conversión de muchos gentiles, así como a los judíos; o sería un testimonio que se apoyaría en contra de ellos otro día, ambos contra los judíos, que cobraron, y los acusaron, y los llevaron ante los reyes y gobernadores paganos, para castigarlos con la muerte; y contra esos magistrados gentiles, y otros, que deben unirse con ellos al rechazar el evangelio, y ponerlos a muerte por predicarlo: para que no tengan pretexto o excusa; Dado que el evangelio había sido fielmente y claramente predicado a ellos, y lo habían despreciado, y el mal trató a los ministros de ello. Esto confirma lo que se observa antes, que este pasaje se refiere a una misión después de.

f jieros. SANHEDRIM, FOM. 18. 1. 24. 2. JUCHASIN, FOM. 26. 2. 51. 1. Maimon. Hilch. Sanedrín. C. 14. secta. 13.

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