Dentro de los lazos del matrimonio, “lo debido” debe ser cedido ( 1 Corintios 7:3 ) por cada uno para la satisfacción y según los derechos del otro ( 1 Corintios 7:4 ). Este dictamen defiende las relaciones maritales contra los rigoristas, como el de 1 Corintios 7:1 recomienda el celibato contra los sensualistas.

La palabra ὀφειλὴ guarda, tanto positiva como negativamente, el κοίτη ἀμίαντος ( Hebreos 13:4 ); lo que es debido a uno solo debe ser dado a uno solo (τῇ γυναικί, τῷ ἀνδρί). La glosa de la TR, tan antigua como la versión siríaca, es una delicadeza equivocada. La repetición precisa de ὁμοίως δὲ καὶ corrige la unilateralidad del sentimiento común y del derecho público, tanto griego como judío: ella es tanto la señora de su persona como él el dueño de la de ella.

ἐξουσιάζω (= ἐξουσίαν ἔχω) implica poder moral , autoridad ( cf. 1 Corintios 6:12 ). τοῦ ἰδίου … οὐκ ἐξουσιάζει, “elegans paradoxon” (Bg [1008]) lo suyo no es lo suyo.

[1008] Gnomon Novi Testamenti de Bengel.

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