Este espíritu de buena voluntad es necesariamente pacífico; no sólo no hace ni media nada que pueda inquietar, sino que se esfuerza por remover lo que desune. La primera restricción: si es posible , se refiere a la conducta de nuestro prójimo; porque no somos dueños de sus sentimientos. La segunda: cuanto en vosotros está , se refiere a los nuestros; porque podemos ejercer disciplina sobre nosotros mismos. Si no depende de nosotros llevar a nuestro prójimo a disposiciones pacíficas hacia nosotros, depende de nosotros estar siempre dispuestos a hacer la paz.

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