Y si un alma peca y oye la voz de juramento, y es testigo, si lo ha visto o conocido; si no lo pronuncia, cargará con su iniquidad. Este es el primero de varios casos especiales en los que se ordenó una ofrenda por el pecado. En las formas judías de juicio, el juez exhortaba a los presentes, a los convocados a tal efecto, a que dijeran toda la verdad sobre el caso, tal como lo conocían, tanto si tenían conocimiento de testigos presenciales como si procedían de otras fuentes fiables.

Fingir ignorancia en un momento así y no cumplir con el deber que se le exige a los testigos hacía a una persona culpable ante Dios, y a menos que esta culpa fuera eliminada, la persona en cuestión tenía que sufrir las consecuencias. Entre estos se mencionan la enfermedad, la falta de hijos e incluso la extirpación total de la familia.

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