alquiler de una ramera ] Tanto de la prostituta consagrada como común, cp. Oseas 9:1 ; Miqueas 1:7 ; Isaías 23:17 ., Ezequiel 16:34 . Mövers ( op. cit. ) muestra que en Fenicia este alquiler fue llevado al templo.

salario de un perro Heb. meḥîr , salario , Miqueas 3:11 , en otro lugar precio o pago , p. ej ., 2 Samuel 24:24 ; 1 Reyes 10:28 .

Perro, keleb ; el nombre oficial del ḳadesh ; cp. Phoen. inscripción de Larnaca en CIS . i. 97, Apocalipsis 22:15 y el griego κύναιδος; en culo posiblemente también un nombre general para sacerdotes (arriba, p. 23, n . 1). Ver más WR Smith, Rel. Sem . 274.

casa de Jehová tu Dios En Deut. sólo aquí, pero cp. E, Éxodo 23:19 , J, Éxodo 34:26 ; Josué 6:24 ; Jueces 19:18 , y frecuentemente en Reyes.

abominación Ver com. Deuteronomio 7:25 .

19, 20 ( 20, 21 ). De interés; prohibido en préstamos a compatriotas israelitas, pero permitido en préstamos a extranjeros. En el Sg. domicilio, con hermano (no vecino ) y otras frases de D; Deuteronomio 33:19 es paralelo a E, Éxodo 22:25 (24) y H, Levítico 25:35-37 , que prohíben cobrar intereses a los israelitas pobres .

En estos casos es claro que se trata de préstamos caritativos, no comerciales, de los cuales en días posteriores se esperaba interés ( Mateo 25:27 ). Deuteronomio 33:20 sobre préstamos a extranjeros trata sobre préstamos comerciales, ver Driver's note en Éxodo 22:25 .

Es peculiar de D; no hay razón para considerarlo (con Steuern.) como secundario. Es la prueba, con varias otras, de la extensión del comercio exterior de Israel en la época de D. Ver arriba sobre Deuteronomio 15:6 y § 54 del art. -Comercio, etc." en EB

Del mismo modo entre otros semitas. Donde prevalece la pobreza y los préstamos son para su alivio y hay poco comercio, no se exigen intereses, como entre los árabes (Doughty, Ar. Des. i. 318). En la historia babilónica temprana, los adelantos de todo tipo se hacían libremente con y sin interés, y la mayoría de los préstamos evidentemente se contraían para hacer frente a situaciones embarazosas temporales (Johns, Bab. and Ass. Laws , etc.

, 250 ss.). Pero un sistema muy complicado que incluía anticipos de dinero y especies por parte de personas privadas, los tesoros del templo y del rey (cp. Mateo 25:14 ss., Lucas 19:12 ss.) con varias tasas de interés y regulaciones, se desarrolló gradualmente en Babilonia. ( op. cit. ch. xxiii.), y encontramos una serie de prescripciones ya en el Código de Ḫammurabi (§§ 48 52, 100 107).

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