6. Por esta razón también, etc. Aprovecha para presentar el tema de los tributos, razón por la cual deduce del cargo de magistrados; porque si es su deber defender y preservar con seguridad la paz del bien, y resistir los intentos traviesos de los malvados, esto no pueden hacerlo a menos que sean ayudados por una fuerza suficiente. Los tributos se pagan justamente para cubrir los gastos necesarios. (406) Pero respetando la proporción de impuestos o tributos, este no es el lugar para discutir el tema; tampoco nos corresponde prescribir a los príncipes cuánto deberían gastar en cada asunto, ni llamarlos a una cuenta. Sin embargo, les corresponde recordar que todo lo que reciben de la gente, es como si fuera propiedad pública, y no debe gastarse en la satisfacción de la indulgencia privada. Porque vemos el uso por el cual Pablo nombra estos tributos que deben pagarse, incluso que a los reyes se les proporcione medios para defender a sus súbditos.

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