Mateo 16:19 . a ti A Peter, a quien se dirige en todo momento; pero como cap. Mateo 18:18 incluye a los otros Apóstoles en la segunda promesa de este versículo, probablemente también estén incluidos aquí.

Las llaves del reino de los cielos. Poder para abrir y cerrar Pedro primero admitió judíos (en el día de Pentecostés) y gentiles (Cornelio) a la Iglesia; y primeros excluidos (Ananías y Safira; Simón el Mago). Esta promesa en su sentido pleno no se extiende más allá de los Apóstoles, quienes necesitaban un poder especial para su obra fundacional; porque las llaves no son las llaves de la Iglesia sino 'del reino de los cielos'. Es aplicable al ministerio cristiano, sólo en el sentido subordinado de proclamar la palabra y ejercer disciplina prudencial (no punitiva).

Y todo lo que atares, etc. El uso judío explicaría: 'atar' y 'desatar', como equivalente a prohibir y permitir ; la referencia por lo tanto es al poder de legislación en la Iglesia ('en la tierra') en el caso de los Apóstoles, siendo Pedro su representante; esto estaba de acuerdo con el diseño celestial ('en el cielo'). Probablemente se hace referencia a cosas aquí; en el inciso anterior personas (admitidas o excluidas).

El poder parece ser judicial también (comp. cap. Mateo 18:17-18 ). Esta promesa también es, en su sentido pleno, aplicable únicamente a los Apóstoles. La mayoría de las dificultades relacionadas con la interpretación de este pasaje se obvian al considerar que el evangelio completo no pudo ser predicado hasta después de la Pasión, Resurrección y Ascensión de nuestro Señor; los Apóstoles, que debían poner los cimientos y ser los cimientos, deben tener, por tanto, un conocimiento y una autoridad que nadie después de ellos necesita ni puede reclamar con razón.

Una vez echados así los cimientos, la Iglesia entra en un conflicto en el que la victoria final, aunque demorada, está asegurada. Las autoridades eclesiásticas deben ciertamente legislar y ejercer el poder judicial, etc., pero no como si tuvieran un poder final y supremo ni con ninguna garantía de infalibilidad. Para tal atar y desatar en la tierra pueden implorar, pero no pueden afirmar, dirección y sanción celestiales.

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