Contra un anciano no recibe una acusación, ... un cargo de cualquier delito:

pero antes de dos o tres testigos; Buenos suficientes, que son capaces de atestiguar el hecho: no se debe recibir fácilmente un cargo contra un pastor de una iglesia; No debe ser escuchado en privado, a menos que aparezca claramente por tales testigos; Tampoco debe ser llevado públicamente ante la Iglesia, hasta que sea privado y previamente probado, por un número suficiente de testigos creíbles, que es realmente un hecho. El sentido es, no que la sentencia no debe pasar contra él, sino por tales testigos, o que la evidencia en su juicio consistirá en un número de este tipo; Porque esto no es más que lo que debería estar en el caso de un miembro privado, y de cada hombre, según Deuteronomio 19:15. Pero el sentido es que, que el asunto de un anciano no se pondrá en un juicio, mucho menos pase, hasta que haya sido probado en contra de él, con testimonios adecuados, más allá de toda excepción; Solo en tal caso, si una iglesia admite un cargo contra su anciano. La razón de esta regla es, debido a su oficina principal y el honor de la Iglesia, que está preocupado por su, así como de la religión; porque la lleva un cierto grado de escándalo para que esa persona sea cargada, aunque pueda ser despejada; Como también debido a sus muchos enemigos, que a través de la envidia, la malicia y la instigación de Satanás, estarían molestando continuamente a la Iglesia con cargos, podrían ser admitidos.

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