En último término, toda autoridad para dispensar justicia, para decidir en pleitos, para ordenar castigo y premiar, reside en Dios. Vemos a Dios delegando en los hombres la responsabilidad de reprimir la violencia, que había abocado al mundo del juicio de Dios anteriormente con las aguas del diluvio (Génesis 6:11; Génesis 9:5-6).

La administración de justicia presenta muy diversas formas en la Biblia. En la sociedad patriarcal, el padre de familia administraba justicia entre los suyos (Génesis 21:8-14; Génesis 38:24); en Egipto había funcionarios reales que eran los encargados de administrar justicia, como delegados del rey, que encarnaba la voluntad de los dioses. A pesar de sus concepciones erróneas acerca de Dios, el poder constituido era y es el establecido por Dios, y responsable ante Él, para la administración de justicia, habiendo recibido para ello el poder de lo Alto (cp. Juan 19:11).

Con Israel en el desierto, Moisés, el Mediador del Pacto, es él solo encargado de administrar justicia, situación que se modifica por consejo de Jetro (Éxodo 18:13-27), nombrando Moisés a jueces inferiores, que solucionaran en primera instancia los casos menores, reservándose para él los casos de gravedad. Josué heredó esta estructura de Moisés. Se llega con ello al tiempo del libro de los Jueces, cuando Israel cae una y otra vez en idolatría y en el juicio de Dios, haciendo cada uno «lo que bien le parecía» (Jueces 21:25). En este estado de cosas Dios suscitaba a jueces (ver JUEZ), como caudillos libertadores que, al volverse Israel a Dios, los acaudillaban y eran también los responsables de administrar justicia. Con Elí y Samuel vemos la administración de justicia en manos del sacerdocio. Descontento el pueblo con la acción de los hijos de Samuel (1 Samuel 8:1-5), la responsabilidad central pasa ahora a la Monarquía; bajo Josafat (2 Crónicas 19:5-7) se establecieron jueces en todas las ciudades fortificadas de Judá. Al caer Judá, y al retornar los cautivos, la administración de justicia residía en la soberanía del imperio correspondiente. Bajo el imperio persa, Nehemías era gobernador señalado por el rey Artajerjes, juzgando al pueblo en base a la ley de Moisés, con autonomía, pero personalmente sometido a la autoridad del rey gentil.

En el NT, bajo el imperio romano, la nación judía pasó varias etapas. Cuando el juicio de Cristo, los judíos tenían autonomía para juzgar sus propios asuntos, excepto la imposición de la pena de muerte, que quedaba en manos del procurador romano (Juan 18:31), aunque en ocasiones se diesen juicios sumarios que resultaban en linchamientos ilegales (Hechos 7:58).

En todo pleito y juicio se tenía que dar amplia oportunidad al acusado a que se defendiera (Deuteronomio 1:16-17) sin hacer distinción por rango o posición; no podía aceptarse acusación de un solo testigo, sino de dos o tres que concordaran por separado (Deuteronomio 17:6; Deuteronomio 19:15), siendo duramente castigados los testigos falsos (Deuteronomio 19:18-21). En caso de sentencia de muerte, los testigos eran los primeros en dar acción al cumplimiento de la sentencia, generalmente por lapidación en Israel (ver CASTIGO), y siguiendo en ello el pueblo presente. Los pleitos o juicios tenían lugar en las puertas de las ciudades, lugar de mercado (Deuteronomio 21:19; Amós 5:19). Lot tuvo la dignidad de juez en Sodoma (Génesis 19:1).

Con anticipación a la entrada de Israel en la tierra de Canaán, Moisés dio leyes y reglamentos para el establecimiento de una administración de justicia centralizada en «el lugar que Jehová tu Dios escoja» (Deuteronomio 16:18-13; Deuteronomio 19:15-21, etc.).


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