Ahora Moisés en la ley ordenó: La ley, Levítico 20:10 . Deuteronomio 22:22 requería en general que el adulterio fuera castigado con la muerte, pero no determinaba el tipo de ello: solo porque está ordenado, Deuteronomio 22:23 que la doncella desposada culpable de adulterio sea apedreada, se supone que en el transcurso del tiempo este tipo de muerte se le fue apropiando a tales delincuentes; y que el castigo de la adúltera casada, Levítico 20:10 se interpretó en el sentido de estrangulamiento: conforme a estas suposiciones, se ha conjeturado, que la mujer ahora ante Jesús sólo estaba comprometida; pero la distinción no tiene fundamento; porque es evidente por Ezequiel 16que el castigo apropiado para toda clase de adulterio era la lapidación, Juan 8:38 .

Te juzgaré como se juzga a las mujeres que rompen el matrimonio; y Juan 8:40 . Te apedrearán con piedras. Además de esto, encontramos a Filón y los antiguos padres cristianos, usando las frases, "los que fueron apedreados" y "los que fueron castigados por adulterio", como términos sinónimos.

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