Jesús respondió ... - A esta objeción, Jesús respondió diciendo, primero, que el caso era tal que solo su testimonio debía ser recibido; y, en segundo lugar, que tenía la evidencia que le dio su Padre. Aunque, en la vida común, en los tribunales y en las meras transacciones humanas, era cierto que un hombre no debía dar pruebas en su propio caso, sin embargo, en este caso, tal era la naturaleza del caso que su palabra era digna de ser creído

Mi registro - Mi evidencia, mi testimonio.

Es cierto - Es digno de ser creído.

Porque sé de dónde vine ... pero vosotros ... - Sé con qué autoridad actúo; Sé por quién soy enviado y qué órdenes me dieron; pero no puede determinar esto, porque no sabe esto a menos que yo sea testigo de ellos. Debemos recordar que Jesús no vino de sí mismo Juan 6:38; que vino no a hacer su propia voluntad, sino la voluntad de su Padre. Vino como testigo de esas cosas que había visto y conocido Juan 3:11, y ningún hombre podía juzgar esas cosas porque nadie las había visto. Cuando vino del cielo; como él sabía la voluntad de su padre; Como había visto el mundo eterno y conocido los consejos de su Padre, su testimonio fue digno de confianza. Como no habían visto ni conocido estas cosas, no estaban calificados para juzgar. Un embajador de un tribunal extranjero conoce la voluntad y los propósitos del soberano que lo envió, y es competente para dar testimonio de ello. El tribunal al que es enviado no tiene forma de juzgar sino por su testimonio, y por lo tanto es competente para testificar en el caso. Todo lo que se puede exigir es que dé sus credenciales de que ha sido nombrado, y esto Jesús lo había hecho tanto por la naturaleza de su doctrina como por sus milagros.

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