ἀλλʼ ὑπὸ ἐπιτρόπους ἐστὶ, Mateo 20:8 ; Lucas 8:3 [114]. Ver Apéndice, nota C. ἐπ. = cualquier persona a quien se le encomiende la autoridad, ya sea un Procurador, por ejemplo, Cumanus en Joseph. Hormiga. XX. 6. 2 (§ 132), o sólo un alguacil sobre los trabajadores, Mateo 20:8 .

En Lucas 8:3 Chuza pudo haber sido el "agente" o "factor" de Herodes en general, o pudo haber estado a cargo especial de los niños reales. Entonces Lisias fue el ἐπίτροπος de Antíoco Epífanes, 2Ma 11:1 ; 2Ma 13:2 ; 2Ma 14:2 . En nuestro versículo debe traducirse “guardianes” (RV) o “tutores” (en el sentido antiguo de la palabra sin referencia a la enseñanza) según se piense que el padre está vivo o muerto.

[114] Se adjunta a una palabra significa que se mencionan todos los pasajes donde aparece esa palabra en el Nuevo Testamento.

El plural tanto aquí como en οἰκονὸμους es deliberadamente vago. Marca la libertad del padre para nombrar tantos como quiera, ya sea al mismo tiempo o sucesivamente. El singular habría significado que el heredero tenía solo un ἐπίτροπος y un οἰκονόμος.

καὶ οἰκονόμους. Lucas 12:42 ; Lucas 16:1 ; Lucas 16:3 ; Lucas 16:8 ; Romanos 16:23 ; 1 Corintios 4:1-2 ; Tito 1:7 ; 1 Pedro 4:10 [115].

En todos estos pasajes el οἰκονόμος administra la propiedad, ya sea material o espiritual. Así que aquí los οἰκονόμοι son los que administran los bienes del heredero. Pero no está claro si el padre se considera muerto o solo ausente. Bengel diferencia concisamente las dos palabras: ἐπιτρόπους tutores heredis , οἰκονόμους curatores bonorum.

[115] Si se añade a una palabra, significa que se mencionan todos los pasajes donde aparece esa palabra en el Nuevo Testamento.

ἄχρι τῆς προθεσμίας [116] τοῦ πατρός. Símaco traduce tres veces qêtz “fin” o “límite” por προθεσμία, Job 28:3 ; Daniel 9:26 bis (cf. su uso de ἐμπροθεσμός en Ezequiel 21:25 (30) y con Aq. y Theod. en Ezequiel 35:5 ).

[116] Se fija significa que se mencionan todos los pasajes donde aparece la palabra en la Biblia griega.

Si se considera vivo al padre, no hay dificultad; si como muerto hay. Porque ordinariamente bajo la ley romana un menor llegaba a la mayoría de edad a los veinticinco años, estando bajo un tutor hasta los 14 y un curador hasta los 25 (Ramsay, Gal. , p. 392). Pero parece que en ciertos casos al padre se le permitía cierta discreción en esto. Véase Dawson Walker, The Gift of Tongues etc., págs. 118, 119, 168. Compárese con nuestra propia ley, según la cual un menor entra generalmente en su propiedad a los veintiún años, pero no siempre, si el padre hace una provisión especial para el contrario. Véase más Apéndice, nota C.

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