1. Deber fraternal en el caso de los hermanos débiles.

La exhortación a recibir a los débiles ( Romanos 14:1 ); la diferencia entre el fuerte y el débil en el asunto de comer ( Romanos 14:2 ), con amonestaciones a estas clases respectivamente ( Romanos 14:3 ), especialmente al hermano débil que juzga ( Romanos 14:4 ); la diferencia respecto a la observancia de los días ( Romanos 14:5 ); la actitud cristiana de ambas clases en su diferente conducta ( Romanos 14:6 ), basada en la relación común con Cristo nuestro Gobernante ( Romanos 14:7-9 ); una advertencia a ambas clases en vista de la responsabilidad ante Dios como Juez ( Romanos 14:10-12 ).

Es profética la advertencia de juzgar: más divisiones y discordias han surgido en la Iglesia de las cuestiones aquí referidas, sobre las cuales el Apóstol no ha dado decisión autorizada, que de la discusión de los asuntos verdaderamente graves de los Capítulos anteriores, en cuanto a a la que habla tan positivamente. El descuido de la verdad distintivamente cristiana a menudo se une a la mezquindad en la ética cristiana.

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