Entonces dijo Pilato Pilato por lo tanto ( Juan 18:3 ) dijo . Si no hacen un cargo específico, no se ocupará del caso. Pilato, impresionado probablemente por el sueño de su esposa ( Mateo 27:19 ) trata de varias formas de evitar la sentencia de muerte de Jesús.

(1) Él haría que los judíos se ocuparan del caso ellos mismos; (2) envía a Jesús a Herodes; (3) propone soltarlo en honor de la Fiesta; (4) lo azotará y lo dejará ir. Los gobernadores romanos no solían ser tan escrupulosos, y Pilato no estaba por encima de la media: un vago temor supersticioso era quizás su motivo más fuerte. Tres veces en el curso de estos intentos declara inocente a Jesús ( Juan 18:39 ; Juan 19:4 ; Juan 19:6 ).

Tomad , &c. Literalmente, tomadlo vosotros mismos , y juzgadlo según vuestra ley . -Yourselves" y -your" son enfáticos y ligeramente despectivos. El -por lo tanto" que sigue falta en la mayoría de los mejores MSS.

No es lícito , &c. Estas palabras deben tomarse literalmente, y sin ninguna adición, como "en la Pascua" o "por crucifixión", o -por alta traición". La cuestión de si el Sanedrín tenía o no el derecho de infligir la pena capital en esta vez es un momento molesto. Por un lado tenemos (1) este versículo; (2) la declaración del Talmud de que 40 años antes de la destrucción de Jerusalén los judíos perdieron este poder; (3) la evidencia de Josefo ( Ant . .

XX. ix. 1; borrador xviii. i. 1; xvi. ii. 4, y vi.) que el sumo sacerdote no podía convocar un tribunal judicial del Sanedrín sin el permiso del Procurador; (4) la analogía del derecho romano. A esto se responde (Döllinger, First age of the Church , Apéndice II.); (1) que los judíos discutieron para hacer que Jesús fuera crucificado en la fiesta en lugar de apedreado después de que todo el pueblo se había dispersado; y Pilato no habría insultado a los judíos desde el tribunal diciéndoles que dieran muerte a Jesús, si no tuvieran poder para hacerlo; (2) que el Talmud está equivocado, porque el dominio romano comenzó 60 años antes de la destrucción de Jerusalén; (3) que Josefo (xx.

ix. 1) muestra que los judíos tenían este poder: Ananus es acusado ante Albinus no por dar muerte a la gente , sino por celebrar un tribunal sin permiso: si el primero hubiera sido criminal, habría sido mencionado; (4) que la analogía del derecho romano no prueba nada, porque las ciudades y países sujetos a Roma a menudo conservaron su autonomía: y están los casos de Esteban, aquellos por cuya muerte S.

Pablo votó ( Hechos 26:10 ), y los Apóstoles, a quienes el Sanedrín quiso dar muerte ( Hechos 5:33); y Gamaliel, al disuadir al consejo, nunca insinúa que infligir la muerte les traerá problemas. A esto se puede responder de nuevo; (1) que Pilato habría expuesto una sutileza si la hubiera, y su dignidad como juez evidentemente no estaba por encima de mostrar un irónico desprecio por los demandantes; (2) que el Talmud puede estar equivocado sobre la fecha y correcto sobre el hecho; posiblemente tenga razón en ambos; (3) mencionar que Ananus celebró una corte fue suficiente para asegurar la interferencia de Albinus, y es posible que se haya dicho más de lo que informa Josefo; (4) la autonomía en el caso de los estados sometidos era la excepción; por lo tanto, la carga de la prueba recae en quienes la afirman de los judíos.

La muerte de Esteban (si es judicial) y los otros casos (comp. Juan 5:18 ; Juan 7:1 ; Juan 7:25 ; Juan 8:37 ; Juan 8:59 ; Hechos 21:31 ) solo prueban que los judíos a veces se aventuró en actos de violencia de los que los romanos no se dieron cuenta.

Además no sabemos que en todos estos casos el Sanedrín se proponía hacer más que sentenciar a muerte, confiando en los romanos para ejecutar la sentencia, como aquí. Toda la acción de Pilato, y su declaración expresa Juan 19:10 , parecen implicar que solo él tiene el poder de infligir la muerte.

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