Por tanto, si el incircunciso guarda las justicias de la ley, ¿no se contará su incircuncisión por circuncisión?

Por tanto, si los incircuncisos guardan las justicias de la ley , [ ta ( G3588 ) dikaioomata ( G1345 ) (ver la nota en Romanos 5:16 )] - 'los justos preceptos de la ley.'

¿No se contará su incircuncisión por circuncisión? El principio general aquí expresado es suficientemente claro, que así como la circuncisión no protegerá a los injustos de las consecuencias de su mala vida, así la falta de ella no invalidará las demandas de la verdadera justicia. Pero si el apóstol está presentando aquí un caso real o sólo hipotético, es una cuestión de cierta dificultad, sobre la cual los críticos no están de acuerdo.

Aquellos que entienden que el apóstol significa tal observancia de la ley que justifica ante Dios, una completa y perfecta obediencia a los requisitos de la ley moral, declaran que el caso aquí se supone que es puramente hipotético. (Así que Alford, Hodge, etc.) Pero como esa imposibilidad era tan cierta para los judíos como para los gentiles, parece estar fuera de lugar. A nosotros nos parece que es la realidad en la religión personal lo que el apóstol tiene aquí a la vista; y que lo que afirma es que así como la circuncisión, considerada como la mera insignia externa de la verdadera Religión, no compensará la falta de sujeción en corazón y vida a la ley de Dios, así tampoco la ausencia de circuncisión invalidará la posición ante Dios del hombre cuyo corazón y vida son conformes al espíritu de su ley.

Pero esto sugiere otra pregunta. ¿Es posible tal conformidad en el corazón y en la vida con la ley de Dios, o la religión personal que Él reconocerá, sin los límites de la religión revelada? Ahora bien, aunque el apóstol probablemente no tenía en mente ninguna clase de humanidad al escribir este versículo, apenas es natural suponer que estaba presentando un caso que sabía que nunca podría realizarse. ¿Qué tipo de caso, entonces, satisfaría suficientemente su afirmación? No podemos pensar que él estaba pensando en hombres paganos que 'actúan de acuerdo con la luz de la naturaleza', como dice la gente, y como Grotius, Olshausen y otros suponen aquí; porque esto es claramente inconsistente con la propia enseñanza del apóstol.

Pero así como en los días de Melquisedec y Job los hombres se encontraban más allá de los límites del pacto abrahámico, pero no sin una medida de luz revelada, así podrían ocurrir innumerables casos de paganos, especialmente después del cautiverio de Babilonia, que se beneficiaron hasta ahora por el Judíos dispersos como para alcanzar, aunque en líneas generales, puntos de vista correctos de Dios y de Su servicio, aunque no sean prosélitos abiertos a la Religión Judía.

Tal clase, sin referirse a la de Cornelio ( Hechos 10:1 ), quien, fuera del ámbito externo del pacto de Dios, había llegado al conocimiento de las verdades contenidas en él, manifestó la raza del pacto sin su sello, y ejemplificó el carácter y andar de los hijos de Abraham, aunque no llamados por el nombre de Abraham, tales casos parecen suficientes para justificar y explicar todo lo que el apóstol dice aquí, sin recurrir a la suposición de un caso puramente hipotético.

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